ÂżQuiĂ©n pone el lĂmite?
El tema de las entrevistas de trabajo es siempre difĂcil de tratar, tanto si existen normas como si no se cumplen como se deberĂan.
En muchos paĂses occidentales las leyes están muy por encima de lo que a las consultoras de RR.HH. les gustarĂa, e incluso a veces plantean serios problemas judiciales entre posibles candidatos y empresas.
Para que os hagáis una idea, en España en concreto, aunque existen leyes de obligatorio cumplimiento por encontrarse en la Constitución y deban emplearse a todos los ámbitos, sigue habiendo muchas consultoras de RR.HH. que se arriesgan a que los candidatos presenten denuncias por considerar las preguntas y/o procedimientos y técnicas de selección discriminatorias y vejatorias; en este apartado se incluyen también las conocidas como dinámicas de grupo.
No se pueden hacer nunca preguntas que den pie a la discriminaciĂłn, ya sea de origen Ă©tnico, religiĂłn, polĂtico o preferencias sexuales. Tampoco se puede discriminar por edad, sexo o ámbito geográfico. Lo ideal es enfocarse en las competencias del candidato en comparaciĂłn con las del puesto solicitado.
Si nos atenemos a estas leyes, en España serĂan denunciables muchĂsimas ofertas de empleo anunciadas en cualquier portal de empleo por cualquier persona, candidato o no que quiera presentar denuncia para una inspecciĂłn de trabajo a esa empresa.
Yo siempre recomiendo una redacciĂłn ajustada al puesto que se solicita, teniendo presentes los lĂmites que la ley establece para evitarnos sanciones, y lo que es peor, que la imagen de la empresa se vea afectada, y sea difĂcil restablecer a posteriori la buena imagen empresarial que tanto le ha costado ganar a una empresa que invierte en responsabilidad social corporativa.
Veamos algunos ejemplos en los prĂłximos mensajes:













