¿Cómo mandar publicidad por correo electrónico según la Ley AntiSpam peruana?
Si tienes una empresa que envía publicidad por correo electrónico o eres el encargado de hacerlo, presta mucha atención a la siguiente información:
En el Perú existe una Ley (Nº 28493) que regula el uso del correo electrónico comercial no solicitado (SPAM), y quienes la infrinjan deberán de pagar el 1% de una UIT por cada correo no solicitado en caso no cumpla con las siguientes características y disposiciones (hasta un máximo de 2 UIT).
Todo correo electrónico con fines comerciales debe cumplir con lo siguiente:
Incluir la palabra "PUBLICIDAD" en el subject (asunto).
Nombre o denominación social, domicilio completo y dirección de correo electrónico de la persona natural o jurídica que emite el mensaje.
La inclusión de una dirección de correo electrónico válido y activo de respuesta para que el receptor pueda enviar un mensaje para notificar su voluntad de no recibir más correos no solicitados o la inclusión de otros mecanismos basados en Internet que permita al receptor manifestar su voluntad de no recibir mensajes adicionales.
El correo electrónico comercial será considerado ilegal cuando:
Cuando no cumpla con alguno de los requisitos establecidos en el artículo 5° de la presente Ley.
Contenga nombre falso o información falsa que se oriente a no identificar a la persona natural o jurídica que transmite el mensaje.
Contenga información falsa o engañosa en el campo del “asunto” (o subject), que no coincida con el contenido del mensaje.
Se envíe o transmita a un receptor que haya formulado el pedido para que no se envíe dicha publicidad, luego del plazo de dos (2) días.
Será responsable y deberá compensar al receptor:
Toda persona que envíe correos electrónicos no solicitados conteniendo publicidad comercial.
Las empresas o personas beneficiarias de manera directa con la publicidad difundida.
Los intermediarios de correos electrónicos no solicitados, tales como los proveedores de servicios de correos electrónicos.
La autoridad competente encargada de decepcionar, investigar y resolve rel caso es la INDECOPI.
Lee la ley completa en: LEY QUE REGULA EL USO DEL CORREO ELECTRONICO COMERCIAL NO SOLICITADO (SPAM)