Si preguntamos por quĂ© la gente roba, en vez de preguntar por quĂ© ciertos tipos de robo son más frecuentes que otros, la respuesta es generalmente "por dinero". Esta respuesta no es tan circular como parece, pero desafortunadamente no nos dice por quĂ© ciertas personas están motivadas a cometer delitos contra la propiedad en ciertas condiciones sociales mientras que otras no. Sutherland y otros han señalado que, aunque la gran masa de delincuentes contra la propiedad que aparecen en la corte provienen de los Ăşltimos peldaños de la escala socio-econĂłmica, nuestras estadĂsticas posiblemente estĂ©n deformadas; individuos de alto status social cometen crĂmenes contra la propiedad, más sutiles que robar un bolsĂłn —tales como el fraude o el desfalco— y a ellos se los encuentra, se los arresta y se los condena con mucha menor frecuencia que al ladrĂłn que roba por un cĂ©ntimo. Posiblemente este Ă©nfasis sobre la criminalidad "de-cuello-blanco" ha sido excesivo; en realidad, permanece más como una suposiciĂłn que como un hecho probado. Pero es claro que muchas personas que no padecen pobreza violan las leyes de la propiedad privada; y muchas personas que viven en deplorable estrechez econĂłmica están dentro de los marcos de la ley. La mera necesidad econĂłmica es, obviamente, una explicaciĂłn inadecuada de los crĂmenes contra la propiedad.
Una clave más promisoria la ofrece el concepto de privaciĂłn relativa. La necesidad econĂłmica debe medirse, no en tĂ©rminos del ingreso que tiene el individuo, sino en tĂ©rminos de la diferencia entre lo que tiene y lo que querrĂa tener. Puesto que las aspiraciones materiales de un individuo están muy influidas por los grupos sociales a los que pertenece o con los que se identifica, el ambiente social entra en el cuadro como una fuerza potente en la determinaciĂłn de la motivaciĂłn para cometer crĂmenes contra la propiedad. Y, tal como lo ha señalado Merton, una sociedad que continuamente está estimulando el sueño del Ă©xito econĂłmico, pero que al mismo tiempo bloquea los caminos para alcanzar el Ă©xito por medios legĂtimos, presenta un problema crĂłnico de privaciĂłn relativa (4). El hecho extraordinario posiblemente no sea que la gente viole las reglas de la propiedad privada, sino que las viole tan pocas veces.
G. M. Sykes. (1961). CrĂmenes contra la propiedad. En El crimen y la sociedad (pp. 44-45). Buenos Aires: Editorial Paidos.















