LOE-LOMCE TEXTO CONSOLIDADO Y DECRETO 327/2010
Vamos a hablar de los artículos leídos en la LOE-LOMCE texto consolidado y en el Decreto 327/2010. La Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006, modificada por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) 2013 a través de un texto consolidado, en el que contiene el texto redactado de la LOE con la normativa incorporada o sustituida de la LOMCE. En esta se habla de en qué se fundamenta el sistema educativo del estado español, su finalidad, organización de estas enseñanzas y concretamente nosotros nos centramos en las que tocan a la enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas, enseñanzas de idiomas, enseñanzas deportivas, educación para personas adultas, y por último tocamos las funciones que tiene el profesorado.
Por otro lado tenemos el Decreto 327/2010, del 13 de Julio en el que tratamos el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. En el estatuto de autonomía de Andalucía se establece que corresponde a Andalucía la materia de enseñanza obligatoria y no obligatoria con competencias compartidas con el Estado. Es decir, el estado español da la normativa básica, a través de como hemos visto antes la LOE-LOMCE y la autonomía andaluza regula su propia normativa a partir de la dada. Dado que este decreto concretamente regula el reglamento de los Institutos de Educación secundaria será donde nos centremos cuando la mencionemos, desde derechos y deberes del profesorado y la autonomía sobre pedagogía, organización y gestión de los centros.
En los aspectos no conocidos o poco valorados he recogido unas partes de artículos de los que a continuación iré hablando:
* En el Art.9.1 encontramos recogido que se hará una tutoría con el alumnado, sobre la dirección y orientación de su aprendizaje colaborando con las familias. En la realidad esto no se da, o casi no se da, me resulta extraño que esté recogido en este decreto cuando casi no se pone en uso. El tutor suele hablar con la familia en las entregas de notas y poco más, raro es el profesor que hace llamar a los padres de un alumno para hablar sobre esta temática más allá de para que los padres sepan lo bien o mal que les va, sobre todo esto último.
* En el art. 10.2 a se reconoce la autoridad del profesor de forma magistral y académicamente, esto dependiendo del profesor se pone más o menos en práctica. El problema surge cuando el profesor se lo toma al pie de la letra y si tiene que “pisar” al alumno para dejar claro que se hace lo que él quiera sin opción a opinión por parte de nadie lo hace.
* Art. 10 2. j) A la formación permanente para el ejercicio profesional. Se hace bastante hincapié en esta temática, en la formación permanente para el profesional, ya que las cosas evolucionan, se modifican y salen nuevos estudios científicos que cambian por completo el panorama de una asignatura, el profesor tiene derecho a mantenerse informado y formado, desde mi punto de vista también debería estar obligado a hacerlo.
* Art. 23 k) El plan de formación del profesorado. Se recoge en este artículo que debe haber un plan para que el profesorado esté formado, sin embargo raro es el caso en el que se pone en marcha, creo que no se le da la suficiente importancia y es un tema crucial a la hora de enseñar tanto por los conocimientos que se imparten como por la motivación que esto da en el profesor y los alumnos.
* Art. 22.3 En la educación secundaria obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado. La E.S.O. no se centra en esto, sino en que aprendas el material para un examen, lo “vomites” en el día indicado y al final obtengas un título. No creo que realmente se preste ninguna atención a la orientación profesional del alumnado, es más bien un “cuando tengas el titulo ya te preocupas tú de qué vas a hacer”. No hay sesiones informativas y de orientación en las que te expliquen los caminos que tienes.
* Art.27 Estos programas irán dirigidos preferentemente a aquellos alumnos y alumnas que presenten dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo. Este programa creo que se tiene poco en cuenta, pero realmente es importante, no todo el mundo puede estudiar de la misma forma y no por ello es peor o mejor o merece más el título que otra, sino que aprende distinto. Como en la viñeta que nuestro profesor de Procesos y contextos educativos puso el primer día de clase. (Insertar foto)
* Art.32 1. El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior. Hoy en día el bachillerato se trata más de una ampliación de la educación obligatoria, sin mucha variación salvo en que asignaturas estudiar ya que tienes unas optativas dependiendo de tu rama, pero realmente no es más que eso, una asignatura que acabarás olvidando en su mayor parte como las de la propia ESO.
* Art. 33. g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación. Más allá de usar un archivo Word y Wikipedia no creo que realmente se le enseñe a usar de forma adecuada los medios de los que disponen, páginas con fuentes confiables y no solo hacer copia y pega.
* Dentro del mismo art.33 el apartado n, se menciona la seguridad vial. Este tema es invisible en bachillerato, no creo que se tenga excesivamente en cuenta.
* Y como último punto a destacar el art. 40, apartado j dice que se ha de conocer y prevenir los riesgos medioambientales en la formación profesional, lo que es un tema muy interesante a tratar y delicado hoy en día.
Una vez comentado esto he de decir que en mi opinión como alumna y como futura profesora es muy variada en diversos aspectos. Creo que hay muchos puntos a mejorar, otros muchos que sí están en la normativa pero que no se ponen en práctica y otras que simplemente deberían añadirse. En cuanto a cómo se debería enseñar, creo que debería hacerse hincapié en la adaptación de las clases a los alumnos, en lugar de los alumnos a la clase, ya que no todo el mundo aprende igual y no a todo el mundo le interesa y motiva lo mismo. Debería haber una normativa que evaluase la actuación y formación del profesorado de forma continua, no todos los profesores mantienen su materia a los nuevos estudios científicos o noticias, a las nuevas metodologías y es algo realmente importante, el profesor que lo hace se le nota más motivado con su profesión y hace que el alumno se interese más.
En cuanto a qué debería enseñarse, creo que se debería reforzar la importancia de la protección del medio ambiente que no se tiene lo suficientemente en cuenta, la orientación académica en las etapas importantes como puede ser en el cambio de etapas y ampliar la educación práctica ya que todo de forma tan teórica hace que la información te entre por un oído y te salga por el otro, sin embargo al llevarlo a la práctica acabas aprendiéndolo mejor porque sabes realmente para que sirve cada cosa que aprendes. Otro tema que creo que se debería poner en práctica a la hora de dar clases es la atención a la tecnología, es decir, ordenadores, móviles y demás medios electrónicos que realmente es con lo que conviven en el día a día, unas jornadas para el buen uso de esto serían realmente útiles a lo largo de los años de educación obligatoria y los enseñaría a darles un buen uso.
Con esto decir que aunque la lectura de leyes es un poco tediosa, es importante conocer la normativa que te ampara tanto a ti como profesional como al alumnado y ver cómo se podría mejorar.
Un saludo y nos vemos en otro post.